Es por las consideraciones antes expuestas, por lo que este Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadana VIVIANA ALEXANDRA VETRI LONGI, representada por la abogada LORENA MONTOYA VERDÚ, contra el ciudadano PEDRO ANTONIO PERRONE PEREZ, debidamente asistido por el abogado JAIME SALAZAR SEQUERA, todos identificados anteriormente.
No hay condenatoria en costas.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los veintitrés (23) días del mes de Febrero (02) del año Dos Mil Siete. Años: 196° de la Independencia y 148° de la Federación.-
La Jueza Temporal,
Abg. ODALIS MAR.....