CAPITULO V
DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Prestaciones Sociales que incoara la ciudadana DALIA MERCEDES CARDENAS IZAYA, titular de la cédula de identidad N° 8.608.050, representado por la abogada ROSSELYN VIVAS, I.P.S.A N° 88.715, en su condición de Procuradora Especial del Trabajo, contra el ciudadano GUSTAVO MORELO, titular de la cédula de identidad N° 8.611.319, representado por el abogado GERMAN MORILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.121, en su carácter apoderado Judicial, en consecuencia se condena a cancelar los siguientes Conceptos:
a) Antigü.....