DECISIÓN
Es por las consideraciones antes expuestas, por lo que este Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadana EVELYN HERMINIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.898.334, representada por los abogados REMIGIO MARQUEZ y ELEAZAR MARQUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 24.387 y 122.151, contra la ciudadana MERIDA NIETO DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.426.669, todos de este domicilio.
Se condena a la parte demandante al pago de las costas por haber resultado totalmente vencida, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, Reg.....