CAPITULO V
DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales que incoara el ciudadano RAFAEL SIMÓN BACALAO, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad N° V-384.826, representado por el Abogado CARLOS RAFAEL JHONGE ZAVALA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 22.525, contra las Sociedades Mercantiles COMERCIAL CARIBE, C.A. y COMERCIAL CARIBE MORÓN, C.A., en la persona de la ciudadana ANNA MARIA LUPPI, titular de la cédula de identidad No. V-6.048.855, en su carácter de Director Gerente y Co-administradora, respectivamente, plenamente i.....