DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos RAMÓN EDUARDO VARGAS VILLALONGA e IRIS MAGDALENA MARTÍNEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.375.266 y V-4.742.281 respectivamente, con fundamento a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente