DECLARA PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos ARTURO ALEJANDRO PARRA RAMOS y YANETT YESSENI ARISMENDI FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.103.268 y V-11.749.360 respectivamente, y de este domicilio, con fundamento a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.