De conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, en concordancia con el artículo 177, Parágrafo Cuarto, Literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ACUERDA IMPARTIR AUTORIZACIÓN a la ciudadana PRISCA ANTONIA RAVAN, en su carácter de representante legal del adolescente (cuyo nombre se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), para que proceda a tramitar, gestionar y retirar los beneficios que le correspondan al mencionado adolescente, por el fallecimiento de su padre ciudadano de-cujus FRANCISCO OSWALDO RAGA SANCHEZ,