De manera que, al no haber demostrado la parte solicitante que el funcionario adscrito a la Prefectura de la Parroquia Fraternidad, Municipio Puerto Cabello, del estado Carabobo, cometió el error al escribir en la partida de nacimiento su nombre como: ZONIA ELENA, con la letra "Z", resulta forzoso para este tribunal declarar sin lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento; y así se decide.
La Juez Titular
Abogada CLAUDIA OLAVARRIA
La Secretaria Titular
Abogada MARITZA RAFFO PAIVA
Solicitud No.
2009 / 7239
CO/MRP/francis.