En razón de todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de
Primera Instancia, administrando justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la presente solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos ALEXANDER ANTONIO RODRIGUEZ y MIRELLA ANTONIA MUJICA CAMPOS, anteriormente identificados, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los mismos contrajeron por ante el Jefe Civil de la Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, el día 09 de Septiembre de 1.987, según acta N° 421, de la referida fecha.