Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara CON LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA ISOLINA HERNÁNDEZ DE D?LIMA, mediante su Apoderado Judicial Abogado RAMPHY ROJAS URBAEZ y posteriormente representada por la Abogada GLIDYS GIL BRAVO, contra la ciudadana ZORAIDA MARIBEL ROMERO ADRIAN, todos arriba identificados, por RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA.-