En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA SIMONA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.950.414, domiciliado en la Urbanización Cumboto II, Sector 03, Vereda 34, Casa Nº. 10, en Jurisdicción de la Parroquia Goaigoaza, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, debidamente asistida por la abogada en ejercicio NITZA ASCANIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 74.518, contra el ciudadano ANTONIO JOSE PADRON ORTEGA, cuyo motivo es DIVORCIO.