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Decisiones del dia 23/02/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 16.094 N° Sentencia : Fecha: 23/02/2007
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
SEAPORT TRADER, S.A/TRANSGAR AGENTES ADUANALES, C.A.
Resumen:
De lo manifestado en dicha acta se desprende que han sido satisfechas las pretensiones del demandante, configurándose así el pago de la acreencia que motivo la presente acción.- Asimismo tal como fue solicitada la conclusión del presente asunto y el archivo del expediente, este despacho declara válido el pago hecho por la parte demandada TRANSGAR AGENTES ADUANALES, C.A., tal y como lo reconoce el representante de la parte demandante. Ahora bien, por simple ejercicio de hermenéutica jurídica y ante la ausencia de norma procesal que regule la situación planteada, se aplica el artículo 4 del Código Civil; por lo que en consecuencia de ello, al tener las partes capacidad de disposición sobre el objeto de la pretensión, asi como evidenciándose que el presente asunto no es materia prohibida para las transacciones, conforme lo dispone el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, se asimila la presente situación solo y únicamente a los efectos que produce el desistimiento, dándose .....
Juez/Ponente:
Rafael Eduardo Padron Hernandez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario
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N° Expediente : 16.099 N° Sentencia : Fecha: 23/02/2007
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
SERV. DE MANT. INTEGRAL SEVINCA, C.A./ALMACENADORA MAKLED
Resumen:
Ahora bien, por simple ejercicio de hermenéutica jurídica y ante la ausencia de norma procesal que regule la situación planteada, se aplica el artículo 4 del Código Civil .- Por lo que en consecuencia de ello, al tener las partes capacidad de disposición sobre el objeto de la pretensión, asi como evidenciándose que el presente asunto no tiene como materia prohibida para las transacciones, conforme lo dispone el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, se asimila la presente situación solo y únicamente a los efectos que produce el desistimiento, dándose por consumado el acto de pago realizado y se tiene como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, tal como lo prescribe el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, que establece: “…En cualquier estado y grado de la causa, puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, s.....
Juez/Ponente:
Rafael Eduardo Padron Hernandez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario
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