Por todo lo antes expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la Separación de Cuerpos de los ciudadanos JERSOM DAVID ROJAS CAMACHO y JESSICA DEL CARMEN GUEVARA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nros, V-14.242.603 y V-16.570.398, respectivamente, en Divorcio, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura de la Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, el día 17 de Junio del 2000, según Acta N° 99, de la referida fecha.-