Por todas las razones antes expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda por INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO incoada por el ciudadano CARLOS EDUARDO KREMEZIS VILLEGAS, y en consecuencia, ordena al ciudadano Coordinador de la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Juan José Flores del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, se sirva insertar la presente decisión en los Libros de Registro Civil correspondiente para que sirva como Partida de Nacimiento al ciudadano CARLOS EDUARDO KREMEZIS VILLEGAS, quien nació el día primero (01) del mes de Mayo del año Mil
Novecientos Ochenta y Cinco (1985), en el Hospital “Dr. Adolfo Prince Lara” del Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, y es hijo de los ciudadanos MARIO MILTI.....