En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda intentada por el ciudadano HENRY RAFAEL OVIEDO, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.260.850, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.067, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil ACUEDUCTOS Y SIMILARES COMPAÑÍA ANONIMA (ACUESIMCA) contra la empresa SERVICIOS BADELL & PLUMACHER, C.A. S.B.P. CONSTRUCCION por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO).-