Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el ciudadano ARCADIO MONTEVERDE, parte demandada, asistido de la Abogada GLORIA ALVARADO, ambos ya identificados, contra el auto dictado en fecha 06/08/2007 por el JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO, DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en el Expediente No. 2006/1.198 Y; ASI SE DECIDE.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.-