Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana SOR TERESA HERNANDEZ LEAL, inicialmente asistida y posteriormente representada judicialmente por la Abog. MORELA IRENE PINEDA VILLALONGA contra la ciudadana PETRA YUDITH MARTINEZ, asistida del Abog. ROGELIO ALVAREZ; todos suficientemente identificados en el encabezamiento de la presente decisión; cuyo motivo lo es una ACCION REIVINDICATORIA, de la establecida en el Artículo 548 del Código Civil, sobre un inmueble ubicado al margen izquierdo del camino carretera que conduce al caserío San Esteban, Municipio Salóm, Barrio denominado "Tejerías", Puerto Cabello, Estado Carabobo.- En tal sentido, se reconoce com.....