En razón de todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos MIRIAM JOSEFINA CASTILLO y HERNAN ANTONIO PERDOMO GAMARRA, anteriormente identificados, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los mismos contrajeron en fecha seis (06) de Julio de mil novecientos ochenta y tres (1.983), por ante la Prefectura de la Parroquia Fraternidad, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, según acta N° 53, de la referida fecha