Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por la ciudadana LINA MARIA PIRONE RODRIGUEZ contra el ciudadano ATILIO DE JESUS ZAMBRANO CASTELLANOS, cuyo motivo lo es por NULIDAD DE PODER Y DAÑOS Y PERJUICIOS.- En consecuencia: 1-) Se Anulan los Poderes otorgados por la ciudadana AÍDA JOSEFA ZAMBRANO CASTELLANOS, viuda de PIRONE, al ciudadano ATILIO DE JESÚS ZAMBRANO CASTELLANOS, ya identificados, asentados con los Nos. 70, Tomo 52 de fecha 06 de Agosto del 2.003; el asentado bajo Nº 69, Tomo 52 de fecha 06 de Agosto del 2.003, y; el asentado bajo el Nº 64, Tomo 67 de fecha 02 de Agosto del 2.004; Autenticados en la Notaria Publica Primera del Municipio Iribarren del E.....