Por todo lo expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil decreta medida de embargo preventivo sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada de autos ciudadano José Luís Bolívar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.664.883, de este domicilio, en el juicio por Cobro de Bolívares vía Intimación interpuesto en su contra por el ciudadano Orlando Darío Peña Navas, venezolano, mayor de edad, comerciante, cédula de identidad No. 12.744.450, de este domicilio, hasta cubrir la suma la cantidad de QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 594.166,63), que comprende el total de la .....