Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara Inadmisible la Demanda por Desalojo y Cobro de Cánones de Arrendamiento, interpuesta por la ciudadana Ana Milena Montero Garzón, mediante su apoderado judicial abogado Alexander Medina, contra la ciudadana Leidys Milena Giménez Yánez, antes identificados.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los siete días del mes de marzo de 2023, siendo las 02:00 de la tarde. Años 212º de la Independencia y 164º de la Federación.
Regístrese, publíquese, anótese en los libros respectivos y déjese copia para el copiador de sentencias de manera digital.
La .....