En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda interpuesta por el ciudadano PABLO ANTONIO CASTILLO, asistido por el Abogado JOSE MARIA ARANGUREN LOPEZ contra la ciudadana BRENDA CAROLINA GUILLIANI FERNANDEZ, todos arriba identificados, por DIVORCIO.-
Notifíquese al ciudadano PABLO ANTONIO CASTILLO, domiciliado en el Barrio Bartolomé Salom, Avenida 29, casa Nº 17-04, Jurisdicción de la Parroquia Juan José Flores del Municipio Puerto Cabello, agregándose un original al expediente; todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 7, 14, 233 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 288 y 298 ejusdem, a los fines del ejercicio por la parte actora de los recursos contenidos en los mencio.....