este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS, VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena de forma SUMARIA, al Jefe de Registro Civil de la Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador, estado Carabobo, y al Registrador Principal del Estado Carabobo, estampar la debida Nota Marginal en el Acta de Defunción de la de cujus MATILDE APARICIO DE BLANCO, previamente determinada así donde dice: A) "...E DATOS FAMILIARES, NOMBRE Y APELLIDO DEL CONYUGE O PAREJA ESTABLE DE HECHO ..." debe decir "...E. DATOS FAMILIARES, NOMBRE Y APELLIDO DEL CONYUGE O PAREJA ESTABLE DE HECHO, FLORENCIO ANTONIO BLANCO GOMEZ, titular de la cédula de identidad No.: 3.584.542...", que es lo correcto; Así se decide.