Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la tacha propuesta y sostienen como válido la autenticidad del documento que reconoce el derecho de propiedad que tiene sobrelas bienhechurias, constituidas por un (1) galpón distinguido con el Nro. 4, ubicado en el Barrio La Blanquera, avenida 58, en jurisdicción de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Valencia del estado Carabobo, el ciudadano David Antonio Muñoz Graterol y así decide.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la sentencia en el copiador respectivo.
Por cuanto el presente fallo fue publicado fuera del lapso establecido en la Ley, notifíquese a las partes, para que a partir de la última notificación que se haga, comience a correr el plazo para ejercer el recuso correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, L.....