Este Tribunal Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, de los ciudadanos JOSÉ DOMINGO GUERRERO y MAGDA CENAIR BAPTISTA JIMENEZ, ya identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde la fecha 08 de octubre de 1.986, por ante la Prefectura del Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, según consta de Acta de Matrimonio número 247, tomo I, Folio 261, año 1.986, de los Libros de Registro Civil de matrimonios llevados por ante ese despacho. Así se Decide.