Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos RAFAEL HUMBERTO RAMOS BLANCO y MARIA YACKELINE MIAZZO MONTECALVO, plenamente identificados, desde el día 18 de junio de dos mil nueve (2009), según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el N° 261, Tomo I, del año 2009, en el libro de matrimonio llevado por ante el Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia del estado Carabobo.-
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Los Municipios Valenci.....