En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de lo Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por desalojo incoada por la ciudadana BLANCA AURORA LOVERA de SÁNCHEZ, asistida del abogado HENRY OVIEDO, contra el ciudadano BLAS DE JESUS PINEDA ROJAS, y condena a este a lo siguiente: a) entregar el inmueble ubicado en la calle Los Ángeles, cruce con Carabobo, Barrio Bello Monte 2, Jurisdicción de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia, Estado Carabobo, completamente desocupado de bienes y de personas. b) al pago de la de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,oo) o DOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 2.000,oo). C) Al pago de las costas y costos del proceso. Publíquese y déjese copia. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Dada, firmada .....