Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por los ciudadanos JOSE LUIS FARIÑA Y MARIA CRISTINA MARCOS DE FARIÑA mediante su Apoderada Judicial Abogada MARIA ISELA SERRANO contra el ciudadano: JOSE MIGUEL HERRADA GUIA todos de características constantes en autos y en consecuencia:
1) Se condena a la demandada a entregar el inmueble
3) Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencido de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los veintisiete (27) días del mes de Noviembre del año dos mil siete .....