Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por la ciudadana LUISA IVONE ARAUJO JUAREZ mediante su apoderado judicial abogado José Ramón Cedeño contra la ciudadana CARMEN LELY BLANCO DE PRIETO, todos de características constantes en autos en consecuencia:
1- Se condena a la demandada a entregar el inmueble totalmente desocupado de personas y cosas.
2.- Al pago de cuatrocientos setenta bolívares (Bs. 470,00) por concepto de pago de la cláusula penal.
3.- Se condena a la demandada a pagar las costas y costos por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador.....