Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: VALIDA la Solicitud de OFERTA REAL Y DEPOSITO hecha por el ciudadano SIMON ALFONSO GONZALEZ a la Sociedad de Comercio DESARROLLOS BRT, C.A., todos de características constantes en autos.
Se condena en costas a la parte Oferida por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los Diecisiete días del mes de Diciembre de 2007 . Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación,