Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por la ciudadana OLYNES NUÑEZ FLORES, contra el ciudadano: JUAN VERA DUQUE, todos de características constantes en autos, y en consecuencia:
1.- Se condena al demandante a pagar las costas por haber resultado totalmente vencido de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los seis (6) días del mes de Noviembre de (2007). Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.