III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
SIN LUGAR la suspensión solicitada de conformidad con el artículo 263 del Código Orgánico Tributario por la ciudadana Yanira Rugeles Vilela, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.639.445, abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 40.562, en su carácter de Apoderada Judicial de TRANSPORTE WILLCAS, COMPAÑÍA ANONIMA, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 06 de mayo de 1993, bajo el Nº 80, Tomo 10-A, con domicilio fiscal ubicado en el Edif. "Corp Banca", Piso 2, Ofic. 4, Av. Diaz Moreno c/c Colombia, Valencia Estado Carabobo, contra el acto administrativo contenido en el Acta Fiscal Nº AP/2004-049, emanada de la Dirección de Hacienda Pública Mu.....