En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por la ciudadana Trina Abreu Hernandez, titular de la cedula de identidad Nº V-4.055.346 actuando en su carácter de Representante Legal de la sociedad mercantil ROFLORA, C.A (antes motel la colina oeste, c.a)