este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR la solicitud la medida cautelar solicitada interpuesta por el abogado Fabio Castellano Villamil, en su carácter de apoderado judicial de ELECTRO MUNDO DE LA 21 C.A., contra el acto administrativo nº SNAT/INA/APPC/ACABA/UCI/2014 005628 del 30 de abril de 2014, dictado por el ciudadano EDUARDO JOSÉ SEITTIFE FERNÁNDEZ, Gerente de la Aduana Principal de Puerto Cabello adscrita al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA, mediante la cual fueron puestas en disposición de la Comisión Presidencial y adjudicadas a través de la Resolución Nº 506 del 11/04/2014 de acuerdo al Decreto5.879 del 19 de febrero de 2008 publicado en Gaceta Oficial Nº 38.873 del 21 de febrero de 2008, en el cual se modifica parcialmente el artículo 67 de la Ley Orgánica de Aduanas, la mercancía llegada al territorio aduaner.....