Este tribunal deja constancia que hasta la presente fecha el contribuyente supra mencionado no ha efectuado el cumplimiento voluntario de la sentencia definitiva Nº 1210 del 18 de abril de 2013, dictado por este tribunal, razón por la cual vencido el lapso establecido para el cumplimiento voluntario de la misma, este tribunal de conformidad con el artículo 288 del Código Orgánico Tributario, ordena remitir este expediente número 2770 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio al Servicio de administración tributaria del Estado Aragua (SATAR) ahora Servicio Tributario de Aragua (SETA), a los fines de que proceda a realizar la ejecución forzosa de la sentencia supra mencionada.