VIII
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado Valmy Díaz Ibarra, en su carácter de apoderado judicial de CERVECERÍA POLAR, C.A., contra las lesiones a los derechos fundamentales consagrados en los artículos 49 y 112 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, producidas por las vías de hecho relacionadas con el acta de medida de clausura N° SATAR/SUP/GF/TF/FD/AMC/2012-00150 del 18 de junio 2012 del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL ESTADO ARAGUA (SATAR), en la cual solicita formalmente amparo constitucional conjuntamente con solicitud cautelar de medida innominada sobre dicho acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 2 y 5 de la Ley O.....