En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por el abogado Manuel Eugenio Estrada Peña, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 62.364, asumiendo su representación sin poder de REPRESENTACIONES SERRANÍA C.A