En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por el ciudadano Fabio Segundo Ramírez Calderón, titular de la cédula de identidad Nº V-3.327.201, actuando en su carácter de director de AUTO FERRETERIA EL TRIGAL, C.A, debidamente asistido por la abogada Trina Abreu Hernández, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 14.313, plenamente identificados.