III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesta por el abogado Fabio Castellano Villamil, actuando en esta acto en su carácter de representante legal de la entidad mercantil INVERSIONES VALADARES C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Multa Nº SNAT/INA/APPC/DO/URAE/2010 002241 del 23 de febrero de 2011, emanada de la Gerencia de la Aduana Principal de Puerto Cabello adscrito al Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
Notifíquese de la presente decisión a la Procuradora y Contralor General de la República con copia certificada una vez que la parte provea lo conducente, y a la Gerencia de la Aduana Principal de Puerto Cabe.....