III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesta por el ciudadano Francisco Russo Betancourt, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.513.366, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.127, en su carácter de apoderado judicial de GRUPO ALCO, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº GGSJ/GR/DRAAT/2006-1058 del 27 de junio de 2006, emanada de la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), impuso una sanción por la cantidad total de bolívares doscientos noventa y cinco millones ciento cuarenta y cinco mil doscientos dieciséis sin céntimos (Bs. 295.145.216,00) (Bsf. 295.145,22).
N.....