III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesto por el ciudadano Younes Younes Faouaz Assad, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.814.290, en representación de REPUESTOS ORIGINALES YUNIS C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, bajo el N° 17, Tomo 6-A del 14 de mayo de 1987 y en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el Nº J-30867500-8, con domicilio en la Calle Miranda, C.C. S-N, nivel PB Local 03, Sector Centro; debidamente asistido por el abogado Carlos Uribe Táriba, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 118.390, en el recurso contencioso tributario con solic.....