Este tribunal deja constancia que hasta la presente fecha las partes supra mencionadas no han efectuado el cumplimiento voluntario de la sentencia Nº 00693 del 13 de junio del 2012, emanada de la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, razón por la cual vencido el lapso establecido para el cumplimiento voluntario de la misma, este tribunal de conformidad con el artículo 288 del Código Orgánico Tributario, ordena remitir el presente expediente número 1959 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio a la DIRECCIÓN DE HACIENDA DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, a los fines de que proceda a realizar la ejecución forzosa de la sentencia supra mencionada.