Seguidamente el Tribunal vista la solicitud de la parte actora, libera a la depositaria judicial designada, y deja los bienes embargados bajo la guarda y custodia de la demandad Arte Piel, C.a, representada por el ciudadano Leonardo De Sario De Christofano, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 7.113.590, declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las
personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 5:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.