La Abogado ZULIA GONZÁLEZ MARMOL, acodó conceder a la demandada, ciudadana LUISA ANDREA TINEO DE GALLARDO, un plazo de cinco (5) días para convenir en pago, dejando los bienes objeto de embargo preventivo bajo la guarda y custodia de la demandada, ya identificada. En tal sentido se liberó a la depositaria judicial designada. El Tribunal previa solicitud de la parte actora, acordó expedir credencial a la Depositaria Judicial Designada, transcurrido el plazo de cinco (5) días. Este Tribunal declaró cumplida su misión, ordena remitir las actuaciones al Tribunal de causa.