PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte demandada, en contra de la sentencia dictada el 24 de enero de 2007 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada conforme a los razonamientos contenidos en esta decisión, y en consecuencia se declara CON LUGAR la nulidad absoluta del asiento registral del acta de asamblea extraordinaria de fecha 31 de mayo de 2005, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo bajo el Nº 72, tomo 50-A, del 15 de junio de 2005, y la expiración del término de vigencia de la sociedad mercantil Matriceria y Estampaciones C.A. (MAES C.A.); y SE CONDENA al ciudadano Juan María Jayo Cortabarria al pago de la cantidad de cincuenta millones de bolívares (Bs. 50.000.000,00) por concepto de daños y perjuicios. Todo en el juicio seguido por la ciudadana Amaya Jayo Corta.....