Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandante ciudadanos RAMONA GUILLERMINA MORALES CORDERO Y NELSÓN GUILLERMO MENDOZA; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada en fecha 26 de octubre de 2017 por el Juzgado Primero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua Y San Diego De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, la cual declaró SIN LUGAR la demanda de desalojo de vivienda interpuesta por los ciudadanos RAMONA GUILLERMINA MORALES CORDERO Y NELSÓN GUILLERMO MENDOZA contra el ciudadano CHERRY FRANCISCO RANGEL RAMÍREZ.