Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadanos BEATRIZ JOSEFINA LARA ARRATIA, JESÚS RAFAEL LARA ARRATIA, GUSTAVO ADOLFO LARA LIENDO, y ZAIRED ELENA LARA LIENDO; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 11 de enero de 2018 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual SE NIEGA la solicitud formulada por la parte demandante el 14 de noviembre de 2017 para la reglamentación de la prueba de posiciones juradas admitida en fecha 16 de enero de 2017, por haber concluido el lapso de evacuación de pruebas.