Por todos los razonamientos anteriormente expuesto, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia Nº 14/14 dictada en fecha 14 de enero de 2014, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 85 de Madrid, Reino de España, que disolvió el matrimonio de los ciudadanos JOSÉ JULIÁN ARIZA VALDERRAMA y YUNMARY MELISA MORALES SÁNCHEZ.