PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte demandante, en contra de la sentencia dictada el 15 de noviembre de 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada, conforme a los razonamientos contenidos en esta decisión, que declaró sin lugar la querella interdictal por despojo intentada respecto a un inmueble ubicado en el Barrio El Romancero, Avenida Pedro Melean, N° 4, Parroquia Santa Rosa, Municipio Valencia del Estado Carabobo, consistente de un local de dos (2) plantas, con una superficie de veintinueve metros cuadrados con noventa y cinco decímetros cuadrados (29,95 m2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Del punto A al punto A1, en una distancia de 5,30 mts. con bienhechurías que son o fueron de la ciudadana Marisol Villegas; Sur: Del punto C1 al punto D, en una distancia de 5,30 mts. con estac.....