PRIMERO: CON LUGAR la Pretensión Constitucional intentada por el ciudadano CARLOS ADRIAN ACOSTA; SEGUNDO: Como fórmula restitutoria de la situación jurídica que se ha infringido, se declara la NULIDAD de la sentencia dictada el 18 de mayo de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y se ordena al juez que corresponda, dicte nueva sentencia tomando en cuenta los lineamientos seguidos en esta sentencia de amparo.
No hay condenatoria en Costas por la naturaleza del presente fallo.